
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia condenó este 19 de diciembre de 2025 al coronel en retiro Publio Hernán Mejía Gutiérrez a 20 años de prisión por su responsabilidad penal en 72 casos de ejecuciones extrajudiciales, conocidos en el país como “falsos positivos”, ocurridos mientras estuvo al mando del Batallón de Artillería La Popa No. 2, con sede en Valledupar (Cesar).
La sentencia, emitida por la Sección de Primera Instancia de la JEP, declaró a Mejía culpable como coautor mediato de varios delitos graves, entre ellos homicidio en persona protegida, desaparición forzada y tortura, en el marco de un patrón de violencia que involucró una supuesta alianza con grupos paramilitares.
Este fallo marca un hito en la justicia transicional colombiana, pues es la primera vez desde la creación de la JEP que se impone una pena de prisión efectiva al no reconocer responsabilidad en el proceso de justicia transicional.
La condena se da en el marco del Caso 03, que investiga ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado. El expediente de Mejía, que no aceptó los cargos en su contra durante el juicio adversarial, incluyó audiencias realizadas en 2024 y 2025, y analizó hechos ocurridos principalmente entre 2002 y 2005 bajo su comandancia.
La decisión de la JEP niega la posibilidad de medidas alternativas a la prisión, como suspensión condicional de pena o domiciliaria, y ordena el cumplimiento de la sanción en un centro penitenciario.
Hasta el momento, las autoridades judiciales no han emitido declaraciones oficiales adicionales sobre la ejecución de la pena ni sobre posibles recursos de apelación por parte de la defensa del coronel Mejía.
Esta nota se actualizará a medida que se conozcan más detalles oficiales sobre el cumplimiento de la sentencia y las reacciones de las partes involucradas.



