Nacional

Gobierno elimina límite del 30 % para inversiones de fondos de pensiones en el exterior

El Gobierno nacional eliminó el límite global del 30 % que restringía las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en activos del exterior. La decisión quedó establecida mediante el Decreto 1490 de 2026, firmado el 6 de octubre, y modifica las reglas que habían sido establecidas meses atrás para la administración de los recursos de los afiliados.

La medida deja sin efecto las disposiciones incorporadas al Decreto 2555 de 2010 mediante el Decreto 0369 de 2026, norma que había fijado un límite general del 30 % para las inversiones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en determinados activos internacionales.

Con la nueva decisión, las AFP tendrán mayor margen para definir cómo distribuir los recursos entre inversiones nacionales y extranjeras. Estas decisiones deberán mantenerse sujetas a criterios relacionados con la rentabilidad, el nivel de riesgo, la liquidez y la diversificación de los portafolios.

El límite del 30 % había sido establecido durante la administración anterior con el propósito de incentivar que una mayor proporción del ahorro pensional de los colombianos permaneciera invertida en proyectos y activos dentro del país. La regulación contemplaba además un periodo de transición para que las administradoras ajustaran progresivamente sus portafolios.

Ahora, el Gobierno de Abelardo de la Espriella reversó esa restricción y argumentó que una mayor libertad para decidir dónde invertir los recursos puede permitir una mejor diversificación y ofrecer mayores alternativas para administrar el ahorro de los trabajadores.

La eliminación del límite no significa que las AFP puedan invertir sin ningún tipo de restricción los recursos pensionales en el exterior. Las administradoras continúan sometidas al régimen de inversiones y a las normas de gestión de riesgos que regulan el manejo de los fondos obligatorios.

Antes de la entrada en vigencia del límite general del 30 %, las reglas contemplaban porcentajes diferentes dependiendo del tipo de fondo y del perfil de riesgo de los afiliados. En algunos casos, los topes para inversiones internacionales podían superar ampliamente ese porcentaje.

La decisión vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre la forma en que deben administrarse los ahorros pensionales de los colombianos. Mientras una mayor inversión en Colombia puede contribuir al financiamiento de proyectos y actividades económicas nacionales, la posibilidad de acceder a mercados internacionales permite diversificar los portafolios y reducir la concentración de los recursos en un solo mercado.

Con la eliminación del límite general, las AFP recuperan un mayor margen de decisión para definir la distribución de las inversiones, siempre dentro de las demás condiciones y controles establecidos por la regulación colombiana.

Publicaciones relacionadas

Clic para ver
Botón volver arriba