BosquesCocorná

Frenan operación de proyecto hidroeléctrico sobre el río Cocorná.

El Consejo de Estado frenó el proyecto hidroeléctrico sobre el río Cocorná. La nulidad se dio luego de conocer que no se cumplieron los requisitos exigibles para la socialización del proyecto. La empresa Generamos S.A. deberá restituir el recurso hídrico tal como estaba antes de que tuviera permiso para intervenir. 

 

La Sala procedió a resolver, en única instancia, la demanda promovida por la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de Rionegro y Nare – Cornare, en contra de la Resolución 134-0044 de 15 de junio de 2010, expedida por la misma autoridad ambiental.

La Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de Rionegro y Nare – Cornare, presentó la demanda ante la Corporación judicial, con miras a obtener las siguientes declaraciones y condenas: “la nulidad de la Resolución 134-0044 del 15 de junio de 2010. Consecuencialmente, condenar A GENERAMOS S.A. E.S.P. a restituir el recurso hídrico a la condición que presentaba antes de la expedición del acto administrativo cuya nulidad se pretende”, según lo expresa la Acción de nulidad y restablecimiento. 

La propia Corporación Ambiental demandó la autorización que ella misma emitió en el 2010, porque a su juicio, no se cumplieron los requisitos exigibles para la socialización de la visita ocular al área de influencia del proyecto.

Contexto 

GENERAMOS ENERGIA S.A. E.S.P. presentó ante CORNARE el día 4 de mayo de 2010, una solicitud de concesión de aguas en el Río Cocorná, en comprensión territorial del municipio de El Carmen de Viboral, para la generación de energía eléctrica. La Corporación, a través de auto 131-0944 de 12 de mayo de 2010, admitió tal requerimiento y ordenó a la regional Valles de San Nicolás realizar visita ocular, previa fijación con diez días de anticipación como mínimo del aviso respectivo en las oficinas de esa sede regional y en las oficinas de la alcaldía del municipio de El Carmen de Viboral.

La visita se realizó el 3 de junio, sin que se presentará interesado alguno, porque no se fijó aviso en la Alcaldía del Carmen de Viboral, es decir, nadie llegó, porque la comunidad no tuvo la posibilidad de enterarse. Posteriormente, el día 15 de junio de 2010 se expidió la Resolución 134-0044 mediante la cual se concedió la concesión solicitada. 

La comunidad expresó su extrañeza por el hecho de que se practicara la visita sin la previa e indispensable fijación del aviso, y solicitó con tal argumento la anulación de la concesión. Por ello, el 28 de julio de 2010 CORNARE solicitó por oficio 0001172 a GENERAMOS ENERGIA S.A. E.S.P. consentimiento para la revocatoria de la concesión, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta alguna, según expresó la Corporación. 

¿Qué dice Cornare?

La Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de Rionegro y Nare – Cornare, expresó por medio de un comunicado a la opinión pública que: “fue la misma Corporación CORNARE quien al observar un vicio en el procedimiento demandó su propio acto administrativo y que, al proferirse el fallo 11 años después, lo resuelto no tiene un alcance mayor a lo ya determinado respecto a la aceptación de la renuncia de la Concesión de Aguas y la inexistencia de infraestructura de captación para desmantelar”. 

En la citada Concesión de Aguas no se generó energía durante el tiempo que estuvo vigente, en tal sentido, tampoco se construyeron ni se aprobaron obras de infraestructura para la captación.

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