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Juez ordena al Gobierno suspender bombardeos si hay información sobre presencia de menores

Un juzgado de Bogotá ordenó al Gobierno Nacional y a las Fuerzas Militares abstenerse, de manera provisional, de realizar operaciones aéreas ofensivas contra objetivos de grupos armados ilegales cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por estas estructuras.

La decisión fue adoptada por el Juzgado 34 de Familia de Bogotá, a cargo de la jueza Viviana Arciniegas Gómez, en el marco de una acción de tutela presentada en favor de menores de edad que podrían encontrarse en zonas donde se desarrollen operaciones militares. La medida tiene carácter cautelar y permanecerá vigente mientras se estudia de fondo la tutela.

De acuerdo con el auto judicial, la orden está dirigida a la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional. Las instituciones deberán abstenerse de adelantar este tipo de ataques cuando existan elementos que permitan establecer la posible presencia de menores, hasta que se adopten y verifiquen las medidas de precaución y protección necesarias.

El juzgado también estableció que, antes de realizar una operación aérea en estas circunstancias, las autoridades deberán determinar si existe una alternativa operacional menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo. La decisión, por tanto, no representa una suspensión general de las operaciones militares ni una prohibición absoluta de los bombardeos, sino que establece una restricción para aquellos casos en los que exista información sobre la presencia de menores reclutados o utilizados por grupos armados.

La medida judicial se conoce en medio de la controversia generada por las recientes operaciones militares adelantadas durante las primeras semanas del Gobierno del presidente Abelardo De la Espriella. Según reportes de medios nacionales, durante este periodo se han ejecutado tres bombardeos contra estructuras armadas ilegales: uno en el Catatumbo, contra integrantes del ELN, y dos en el Guaviare, dirigidos contra disidencias de las Farc.

Las operaciones en el Guaviare han generado especial discusión debido a la muerte de menores de edad. Las autoridades han confirmado que al menos cuatro adolescentes fallecieron en los dos primeros operativos mencionados. Frente a estos hechos, el ministro de Defensa, general en retiro Jorge Mora, ha defendido la actuación de la Fuerza Pública y ha señalado que las operaciones cumplieron con los estándares legales establecidos para este tipo de acciones. Según la posición expuesta por el Gobierno, los menores fallecidos se encontraban vinculados a las estructuras armadas y participaban en actividades consideradas como función continua de combate.

La controversia también ha puesto nuevamente en el centro del debate el uso de bombardeos contra campamentos donde podrían encontrarse menores reclutados por organizaciones armadas. En su decisión, la jueza recordó que los niños, niñas y adolescentes tienen una protección reforzada por parte del Estado y que, en contextos de conflicto armado, las autoridades deben aplicar los principios de distinción, precaución y proporcionalidad establecidos por el Derecho Internacional Humanitario.

La acción de tutela también vinculó a entidades como la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Fiscalía General de la Nación, la Unidad para las Víctimas, Medicina Legal y la Justicia Penal Militar y Policial, entre otras instituciones.

Por ahora, la orden tiene carácter provisional y no constituye una decisión definitiva sobre la legalidad de los bombardeos. El juzgado deberá continuar con el estudio de la tutela antes de adoptar una determinación de fondo, mientras el Gobierno y las Fuerzas Militares deberán acatar las condiciones establecidas en la medida cautelar para las operaciones aéreas en las que exista información sobre la presencia de menores.

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