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Consejo de Estado admite tutela del Registrador Penagos contra el expresidente Petro por señalamientos de fraude electoral

El Consejo de Estado admitió para estudio una acción de tutela presentada por el registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, contra el expresidente Gustavo Petro, a raíz de varias declaraciones y publicaciones en las que el exmandatario cuestionó el funcionamiento de la Registraduría y planteó la existencia de un supuesto fraude electoral durante los comicios de 2026.

La acción fue presentada por Penagos, en nombre propio y como Registrador Nacional del Estado Civil, y quedó en manos de la Sección Tercera, Subsección C, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. El proceso aparece identificado con el radicado 11001031500020260795200 en los registros de la Rama Judicial.

De acuerdo con la información conocida sobre la tutela, Penagos solicita la protección de sus derechos fundamentales al buen nombre, la honra y la rectificación en equidad, además del derecho al buen nombre de la Registraduría Nacional. El registrador cuestiona afirmaciones realizadas por Petro entre el 2 de junio y el 5 de agosto de 2026, cuando todavía ejercía la Presidencia de la República.

Entre los cuestionamientos formulados por el entonces mandatario estuvieron aspectos relacionados con el censo electoral, el número de puestos y mesas de votación, los formularios E-14 y los sistemas tecnológicos utilizados por la Registraduría. También hizo referencias a una presunta manipulación de resultados y a supuestas dificultades para realizar auditorías sobre componentes tecnológicos del proceso electoral.

Según lo expuesto por Penagos, antes de acudir a la justicia solicitó al expresidente que rectificara dichas afirmaciones, pero sostiene que no recibió una corrección dentro del plazo establecido. Por esta razón decidió presentar la acción constitucional ante el Consejo de Estado.

Al admitir la tutela, el alto tribunal consideró que el caso tiene importancia jurídica y trascendencia social, debido a que deberá analizar, entre otros aspectos, los límites entre la libertad de expresión y el deber de comunicación de quien ocupaba la Presidencia de la República al momento de realizar las afirmaciones cuestionadas. También se encuentra en discusión la protección de derechos como la honra y el buen nombre y el acceso de los ciudadanos a información veraz e imparcial sobre los procesos electorales.

Dentro del trámite, Gustavo Petro tendrá tres días, contados a partir de su notificación, para ejercer su derecho de defensa y presentar el informe correspondiente. También fueron vinculados la Presidencia de la República, el Consejo Nacional Electoral, la Fiscalía General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, entidades que podrán pronunciarse sobre los hechos objeto de la acción.

La admisión de la tutela no significa que el Consejo de Estado haya determinado que existió una vulneración de derechos ni que haya establecido la existencia o inexistencia de un fraude electoral. Se trata del inicio formal del trámite judicial, por lo que ahora el alto tribunal deberá escuchar a las partes y analizar los argumentos y elementos presentados antes de adoptar una decisión de fondo.

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