
El Consejo de Estado dejó en firme la suspensión del proceso de elección de la contralora de Rionegro, la abogada Sandra Landinez Cárdenas, medida que fue tomada en marzo pasado por el Tribunal Administrativo de Antioquia.
El magistrado del Tribunal de Antioquia, Álvaro Cruz Riaño, manifestó en su momento que: “en virtud de lo dispuesto por el artículo 125, numeral 2º literal de la Ley 1437 de 2011, modificado por el Artículo 20 de la Ley 2080 de 2021, procede esta Sala de Decisión a pronunciarse sobre la medida cautelar de suspensión provisional solicitada por la parte demandante en el proceso de la referencia”.
El nombramiento fue hecho por mayoría de los Concejales de Rionegro, con una votación de 13 votos afirmativos contra cuatro negativos el pasado 22 de enero y la primera Contralora asumió el cargo el 27 del mismo mes, pero la designación fue demandada con base en que la abogada Landinez había contratado con la Administración municipal y con la Empresa Edeso durante el último año, lo cual la inhabilitaba para ser nombrada en ese cargo, según los argumentos de la parte demandante.
Así las cosas, le corresponderá al Tribunal Administrativo de Antioquia emitir en primera instancia el fallo que resuelva de fondo la suerte del acta No. 002 de 22 de enero de 2021, a través de la cual el Concejo Municipal de Rionegro, realizó el nombramiento de la Contralora.
Por otra parte, un caso parecido ocurrió en el año 2019, cuando la Procuraduría destituyó a 16 concejales de Valledupar por la elección del contralor municipal. El Ministerio Público señaló en su momento que los disciplinados incurrieron en falta al omitir el cumplimiento de sus funciones y deberes cuando eligieron como contralor municipal a Omar Contreras Socarrás, sin considerar que dentro del año anterior había ejercido como defensor del Pueblo del Cesar, por lo que se encontraba inhabilitado.
Fallo completo: Contralora



