
En el mes de noviembre comenzó el cobro del recaudo de la Contribución por el servicio de Parqueaderos en el Municipio de Rionegro, para el subsidio de SITIRIO. Hasta hoy 10 de noviembre fue la fecha límite para el primer pago de la contribución, que se grava sobre la tarifa prestada en el mes de octubre. Es así como comienza el recaudo de la sobretasa para los parqueaderos del municipio de Rionegro.
Contexto
Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 facultó a los órganos territoriales para establecer la contribución a las tarifas al usuario de parqueaderos fuera de vía o estacionamientos en vía, para la sostenibilidad y calidad de sus sistemas de transporte, y se estableció las fuentes de financiación para los sistemas de transporte de los entes territoriales, con la finalidad de lograr su sostenibilidad económica, ambiental, ecológica e institucional.
¿Quiénes lo pagan?
Este recaudo lo pagan los prestadores del servicio de estacionamiento de vehículos fuera de vía, quien estará obligado a liquidar el tributo como un valor adicional al servicio prestado, para posteriormente ser transferido al Municipio de Rionegro, en los plazos y condiciones determinados por la administración municipal.
Es decir, se designa como agentes de recaudo de Ia contribución por el servicio de parqueadero, a todas las personas naturales o jurídicas que de forma directa o indirecta presten el servicio de parqueadero o estacionamiento.
¿Qué se paga?
Los responsables estarán obligados a liquidar la contribución como un valor adicional al servicio prestado, aplicando al mismo la tarifa establecida en el Decreto No 229 del 7 de julio de 2021, dependiendo de la zona de ubicación del parqueadero.
¿Cuándo se paga?
Los responsables deberán trasladar mensualmente el recaudo de la contribución, dentro de los diez primeros días hábiles de cada mes, haciendo uso de los formatos establecidos por la Secretaría de Hacienda.
¿Quién define la tarifa?
La tarifa por la contribución por el servicio de parqueo será determinada cada año por el alcalde municipal, sin que se pueda exceder del 22% de la base gravable, de conformidad con los estudios que para cada una de las zonas determinadas aplique.
Zonas de cobro
Se determinaron 3 zonas de cobro con tarifa diferencial
- Zona 1: Aeropuerto José María Córdova y San Antonio de Pereira, el cobro es del 9,40%
- Zona 2: Centro histórico de la ciudad, el cobro es del 6,05%
- Zona 3: Resto de zonas del municipio de Rionegro, el cobro es del 5,03%
¿Qué se hace con este dinero?
Los dineros recaudados por concepto de la contribución, serán destinados al financiamiento y sostenibilidad del Sistema de Transporte Publico Colectivo Municipal.
¿Y si no lo paga?
La omisión relacionada con el pago de la obligación de recaudo establecido, está sujeto a lo dispuesto en el artículo 402 del Código Penal. Lo cual establece que “incurrirá en prisión de cuarenta (48) a ciento ocho (108) meses y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que supere el equivalente a 1.020.000 UVT.”
La norma
- Acuerdo N° 030 de2020
- Decreto N° 229 de 2O21, y de la Ley 1753 de 2015
- Artículo 97 de la Ley 1955 de 2019



