
En contexto:
Una demanda de nulidad electoral presentada el 15 de febrero pasado por Jhon Fredy Osorio Pemberthy fue resuelta por el Tribunal de Antioquia en primera instancia, dejando sin efectos la segunda elección hecha por el Concejo municipal el 4 de enero de 2017. La demanda obligaría también a reanudar el concurso de méritos en los términos que había decidido el mismo Tribunal, donde para el demandante se evidenció la manipulación del proceso y el favorecimiento a uno de los candidatos.
Fallo electoral de segunda instancia
El Consejo de Estado en sentencia del 6 de septiembre de 2017 falla: REVOCAR la sentencia de 1º de junio de 2017 proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Segunda de Oralidad para, en su lugar, denegar las súplicas de la demanda de conformidad con la parte considerativa de la presente decisión.
El máximo tribunal de la justicia contenciosa indicó que Carlos Andrés García es el primero en el concurso de méritos; algunos apartes de la sentencia:
«En el caso que ocupa la atención de la Sala puede concluirse que el supuesto reproche contra el procedimiento electoral surtido por el Concejo Municipal de Rionegro no ocurrió…»
«… por lo cual resulta inane ordenar un nuevo trámite administrativo que muy seguramente terminará, de nuevo, con la elección del señor CARLOS ANDRÉS GARCÍA CASTAÑO, como, en efecto, ya acaeció.»
Así las cosas, se ratifica la elección de Carlos Andrés García Castaño como personero de Rionegro para el periodo 2016 – 2020.
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