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Por publicidad engañosa, Claro deberá pagar más de $700 millones a la SIC

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), informó que impuso una sanción de $730.800.000 a Comunicación Celular SA Comcel SA (Claro) por emitir publicidad engañosa en sus servicios de telecomunicaciones. La entidad de control y vigilancia determinó que la compañía entregó información confusa en su promoción “SIM CARD PREPAGO 3X3 BENEFICIOS”.

Según explica la entidad, esta conducta se habría desarrollado desde la empresa mediante la entrega de información confusa con algunas piezas publicitarias en las cuales se promocionaba un plan de 7 gigas mensuales con WhatsApp y Facebook, minutos y mensajes vía SMS ilimitados, todo esto durante tres meses, el cual podía inducir al error a los usuarios.

«Se determinó que el engaño o la confusión se comprobó ante la falta de claridad en la información entregada en la publicidad, pues el uso del servicio de WhatsApp se ofreció de manera ilimitada, pero no se le informó a los usuarios cargos o cobros adicionales», sostuvo el ente de control.

De igual forma, desde la SIC se indicó que Claro no les advirtió a aquellas personas que adquirieron la promoción, qué videollamadas generarían cargos o cobros adicionales, lo que contradecía su promoción de «WhatsApp ilimitado».

Debido a lo anterior, Claro Colombia emitió un comunicado informando que la compañía no ha sido notificada formalmente y que ejercerá los recursos legales disponibles en la oportunidad procesal correspondiente. La empresa reitera que toda la información sobre los servicios ofrecidos está disponible en los términos y condiciones, y actúa de manera transparente con sus clientes.

Es de destacar que hace apenas unos días, la SIC inició otra investigación administrativa contra Claro, por aparentemente rechazar las solicitudes de portabilidad sin dar explicaciones claras a los usuarios interesados.

Según la superintendencia, esta compañía “estaría rechazando las solicitudes de portabilidad hacia otros operadores, sin aportar las pruebas correspondientes para demostrar que los solicitantes no eran los titulares de las líneas o estaban en mora con el pago de sus facturas”.

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