AltiplanoAntioquia

¿Llevar las llantas lisas es considerado una infracción de tránsito?

Conocer y tener presente cuáles son las características de las llantas que pueden estar expuestas a una multa por parte de agentes de tránsito, dará tranquilidad y seguridad a los conductores para poder rodar tranquilos sin estar evadiendo controles.

 

Hay que tener en cuenta que cuando es detenido por funcionarios del tránsito por llantas lisas, ellos solo pueden realizar el procedimiento si y solo sí cuentan con el medidor de profundidad. 

De acuerdo con las normas de tránsito la profundidad de labrado permitido para vehículos de peso mayores a 3,5 toneladas la profundidad mínima es de 2 mm, para los que pesan menos de 3,5 toneladas debe tener una profundidad mínima de 1.6 mm y para el caso de las motocicletas es de 1 mm. Si las llantas se encuentran por debajo de estas medidas se considera que se encuentran desgastadas, por lo tanto, podrá ser multado y el vehículo podrá ser inmovilizado

Se debe recordar que la Resolución No. 3027 del 26 de julio de 2010 establece que las llantas lisas son una infracción de tránsito. Sanción que consagra la Ley 1383 de 2010 a los carros que no han realizado la revisión técnico mecánica en los plazos legalmente establecidos, imponiendo multas de hasta 15 SMLV.  

La Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre) en el artículo 28, explica las condiciones técnico mecánica de gases y de operación para que un vehículo pueda transitar por el territorio nacional, el cual debe garantizar como mínimo el sistema de frenos, dirección y demostrar el adecuado estado de las llantas, entre otros.

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