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Licencia por luto: ¿Qué duración tiene y cómo funciona?

Tras el fallecimiento de un ser querido muchos trabajadores se preguntan si tienen derecho a días libres de licencia por luto, y según lo indicado por el Código Sustantivo del Trabajo (actualizado en 2012) el empleado tiene derecho a cinco días hábiles de licencia o permiso remunerado por la muerte de un familiar.

 

“Conceder al trabajador en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral”, se lee en la Ley 1280 de 2012.

La ley, inicialmente, consideró sólo el primer grado de parentesco civil, pero la corte constitucional en sentencia C-892 de 2012 amplió la licencia por luto a los parientes en segundo grado civil. 

De acuerdo con lo anterior, el empleado tiene derecho al otorgamiento de esa licencia por la muerte de cónyuge, padres, hijos, abuelos, nietos y suegros. Sin embargo, la Corte Constitucional amplió ese derecho al parentesco civil que incluye hijo adoptivo, padre adoptante, hermano adoptivo.

Entonces, el permiso por luto no aplica por la muerte de seres queridos como tíos, primos, cuñados, bisnietos o bisabuelos.

Esta licencia se debe otorgar una vez ocurra el evento, y el trabajador, además de demostrar el grado de parentesco que lo une con el fallecido, también debe presentar el acta de defunción de su familiar ante su empleador en los 30 días siguientes. En caso de que el trabajador no presente dicha documentación, el empleador no podrá tener en cuenta la licencia por luto y descontará los cinco días hábiles como un permiso no remunerado.

¿Y si es en medio de las vacaciones?

Si el fallecimiento del familiar se da en medio de las vacaciones, podría darse una situación más laxa e interrumpir el periodo vacacional mientras se cumplen los cinco días de la licencia, porque en ese caso, la persona no podrá disfrutar de sus vacaciones y tendría que atender el duelo y los trámites relacionados.

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