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Gobierno creará visa especial para venezolanos con nuevos permisos de permanencia

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia publicó para comentarios el borrador de resolución con el que pretende crear una nueva visa para los ciudadanos venezolanos que ingresaron al territorio nacional antes de la emisión del documento.

La denominada «Visa V- visitante especial’ tiene como objetivo regularizar a aquella población venezolana adulta con permanencia irregular en el país que, no logró acceder a los mecanismos especiales de regularización migratoria que estuvieron vigentes en el país hasta el 2023 y que por dicha razón se encuentran en un estado de migración irregular.

De acuerdo con la Cancillería, resulta necesario e imperioso generar un nuevo proceso de regularización en el que dicha población tramite una autorización que le permita regularizar, por un lapso de tiempo, su estatus migratorio en el país.

Colombia ‘Visa V’, el nuevo documento especial para venezolanos que creará Colombia: ¿Quiénes serán los beneficiarios?

“La presente resolución tiene por objeto crear de manera transitoria la visa V- VISITANTE ESPECIAL como una autorización de regularización migratoria aplicable a nacionales venezolanos que hayan ingresado al territorio nacional antes de la fecha de expedición de la presente resolución”, se lee en el documento

¿Quiénes aplicarán a la nueva ‘visa V’?

Según el documento, la visa V – visitante especial se otorgará a nacionales venezolanos que se encuentran dentro del territorio nacional y que hayan ingresado al país antes de la fecha de expedición de esta resolución.

Esta Visa Se expedirá por una sola vez y contará con una vigencia de dos años, contados a partir de su expedición, al cabo de los cuales el migrante venezolano podrá aplicar a otra categoría de visa.

Beneficiarios

El nuevo documento le permitirá al titular principal pedir la visa para sus beneficiarios, es decir, aquellos familiares o dependientes económicos como cónyuge o compañero permanente, hijos hasta los 25 años de edad o hijo que presente alguna discapacidad física o mental. Además, deberá presentar adicionalmente lo siguiente:

Para mayores de edad, antecedentes judiciales, penales o de policía expedidos por la autoridad del país donde haya permanecido en los últimos tres años, con las formalidades de apostilla o legalización y traducción que correspondan.

«Lo anterior se aplicará siempre y cuando los beneficiarios se encuentren en Colombia y hayan ingresado al territorio nacional antes de la fecha de expedición de la presente resolución, ello, sin perjuicio de que el cónyuge o compañero permanente pueda solicitar visa como titular principal», agrega el documento.
Restricciones

La visa V – visitante especial no aplicará para los ciudadanos venezolanos que se encuentren en las siguientes condiciones.

• Para los que se encuentren privados de la libertad,

• Para los que tengan orden de deportación o expulsión.

• Para los que presenten antecedentes judiciales, penales o de Policia.

  • Para los que ostenten otra nacionalidad.
  • Para los que presenten registros judiciales y administrativos vigentes.

¿Cuáles serían los requisitos para solicitar la visa?

La resolución de la Cancillería de Colombia aún no se aprueba, pero cuando entre en vigencia estos serían los requisitos para solicitar la visa:

  • Presentar la solicitud por medio de la plataforma digital dispuesta para ello a través del sitio web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa eligiendo en el menú opciones “oficina en Bogotá” – (BTA. VISAS).
  •  Acta de compromiso expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia para gestionar el visado en la categoría V – Visitante Especial, para el efecto, el interesado deberá comparecer ante dicha entidad según el procedimiento que se establezca para tal fin.
  • Carta de solicitud de visa firmada por el nacional venezolano manifestando la ocupación o actividad que realiza o pretende realizar en el país, acompañada de los documentos que soporten dicha manifestación.
  •  Antecedentes judiciales, penales o de policía expedida por la autoridad del país donde haya permanecido en los últimos 3 años, con las formalidades de apostilla o legalización y traducción que correspondan.

¿Cómo obtener más información?

Puedes conocer más sobre este proceso migratorio a través de la web de la Cancillería de Colombia. Este es el enlace: https://img.lalr.co/cms/2024/09/28105918/Borrador-decretro-de-Cancilleria.pdf

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