
Inició la carrera política por la dignidad de la representación popular de alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, y Rionegro como epicentro político del Oriente Antioqueño es sin duda una de las localidades que más se ve afectadas por la masiva publicidad política en sus calles y avenidas.
Por ello DiariOriente buscó contactar con Ricardo Sánchez Gómez, Subsecretario de Convivencia y Control Territorial de Rionegro, para tener de primera mano la información respecto a las normas que regulan estos comicios electorales en cuanto a publicidad y esto nos dijo:
“Se expide el 11 de julio el Decreto 230, en relación a toda la publicidad que se va a utilizar en los próximos comicios […] por ello hay un número determinado para las vallas publicitarias, para los pasacalles, para los murales, para las cuñas radiales y esto está determinado por una cantidad específica. Los partidos y movimientos políticos tienen un número determinado de vallas que está reglamentado a un número de 14, los pasacalles como tal no se pueden poner ni en los postes de energía, ni tampoco en los árboles, y tiene un número determinado de 20 por partido o movimiento político. Las cuñas radiales son 50 diarias que no pueden exceder los 25 minutos en cada una de las radios de alta frecuencia en el municipio”.
Las sanciones para los candidatos que incurran en contradicciones a la norma serán; “primero en un tema persuasivo […] si persiste la situación vendrán unas sanciones pecuniarias a los candidatos o movimientos políticos, que dependiendo de la infracción es donde se tasan estas infracciones”.
Las fechas límites para instalar publicidad electoral y difundir publicidad política, va hasta ocho (8) días antes de los comicios electorales, de acuerdo a la reglamentación nacional.



