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¿Puedo retirar mis cesantías ante la emergencia sanitaria que vive el país?

El trabajador podrá hacer retiros de sus cesantías en los fondos privados, hasta por un monto que le permita compensar la reducción de sus ingresos mensuales

Así lo autorizó el Gobierno mediante el decreto 488.

Desde el pasado 27 de marzo, los trabajadores que hoy reciban menos ingresos a raíz a raíz de la emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus podrán retirar sus cesantías para enfrentar esta coyuntura. Así lo informó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera. El Gobierno Nacional abrió la posibilidad para que, de manera extraordinaria, los trabajadores que tomen licencias no remuneradas durante la cuarentena puedan disponer de sus cesantías como apoyo a quienes enfrenten dificultades económicas por cuenta de las medidas tomadas para contener la expansión del COVID-19.

Si bien la ley colombiana permite destinar las cesantías para el pago de educación superior o compra de vivienda, hoy se firmó el decreto 488, que autorizará el retiro de estos recursos en los fondos privados. Este retiro deberá ser proporcional a cuatro meses y se podrá hacer de manera parcial o total, según se desee.

Al conocer la decisión, la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía (Asofondos) respaldó la decisión y dijo que las cuatro administradoras de fondos de pensiones y cesantía (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) tienen dispuesta toda su infraestructura para atender las solicitudes de los afiliados de estas personas y también de quienes queden cesantes.

«Las administradoras nos unimos en esta coyuntura para apoyar a todas las personas que por fuerza mayor han quedado sin ingresos y que hoy más que nunca requieren de su ahorro representado a través de las cesantías», afirmó Santiago Montenegro, presidente de Asofondos.

Estas administradoras privadas que prestan sus servicios en Colombia administran un ahorro que asciende a $15,7 billones y que es propiedad de más de 9 millones de colombianos.

Pese a que puede aliviar la situación de algunos trabajadores, hay expertos que aseguran que no es una verdadera ayuda, pues serán ellos quienes paguen por los efectos de esta crisis. Eso opina Iván Daniel Jaramillo, abogado del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.

De acuerdo con Jaramillo, el decreto «desconoce el mandato del artículo 50 de la Ley 137 de 1994, que prohíbe desmejorar los derechos sociales de los trabajadores mediante decretos legislativos durante los estados de emergencia». Además, según el abogado, la norma atribuye al empleador la facultad de certificar la disminución del ingreso del trabajador, «el cual deberá soportar la medida empresarial con el auxilio de cesantía del cual es titular».

Eso sin contar que, según Jaramillo, la fijación de vacaciones obligatorias compromete la independencia del trabajador para el disfrute de ellas cuando le parezca. Sin embargo, se trata de una medida que se toma en una circunstancia atípica.

Durante la alocución de hoy, el ministro también detalló que las personas cesantes podrán acudir a las cajas de compensación familiar. Deben ser trabajadores formales, y estar afiliados a la caja hace un año para que se les reconozca, en los próximos tres meses, el equivalente a dos salarios mínimos. Si el trabajador tiene menores de edad, el Gobierno le garantizará subsidio familiar.

Cabrera también aseguró que con el Fondo de Riesgos Laborales se liberará una suma de $70.000 millones en los próximos 3 meses para garantizar los equipos necesarios que requieran los profesionales de la salud en esta crisis.

Fuente: elespectador.com

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